Ley 8/2021 importancia y cambios

Jul 19, 2023Sin categoría0 Comentarios

La entrada en vigor de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en marzo de 2008 marcó un hito importante en nuestro país. Desde entonces, hemos trabajado para homologar nuestra legislación al modelo social de la discapacidad y eliminar el sistema de incapacitación y tutela que generaba una situación de «muerte civil». La Ley 8/2021 ha sido la respuesta a esta necesidad, introduciendo cambios significativos en la protección de los derechos de las personas con discapacidad.

La reforma operada mediante la Ley 8/2021 es ambiciosa, modifica hasta ocho leyes civiles y procesales y realiza la mayor reforma que se había efectuado en nuestro Código Civil desde el comienzo de su vigencia en el S. XIX. Eliminando las referencias a incapacidad, en aplicación del principio enunciado por el art. 12 de la Convención que proclama que las personas con discapacidad gozan de capacidad jurídica en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos, mediante un versátil sistema de apoyos que les permita ejercitar esa igual capacidad jurídica.

«La Ley 8/2021 representa un paso crucial hacia la plena inclusión y protección de los derechos de las personas con discapacidad. A través de esta reforma, se ha establecido un nuevo paradigma que reconoce su capacidad jurídica y promueve la igualdad de oportunidades. Es un hito histórico que nos impulsa a construir una sociedad más justa y accesible para todos».

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No cabe ya, «incapacitar» a nadie, sino ofrecerle el modelo, la figura de apoyos que más se adecúe a sus necesidades e incluso a la índole de la decisión personal o patrimonial que ha de adoptar.

Desde la provisión voluntaria de apoyos, realizada por la propia persona con discapacidad, sin intervención de la autoridad judicial, en una escritura pública, hasta la curatela diseñada a la medida de la necesidad de cada persona, pasando por la guarda de hecho, cuyo reconocimiento legal es más explícito y claro que nunca antes, y la intervención del defensor judicial, figura ad hoc, para actuaciones o situaciones precisas.

Se acaba, pues, con la situación que hemos conocido durante más de cuarenta años, desde la anterior reforma de esta materia, en 1983 (y aún desde antes de esta), en la que para realizar una escritura de herencia o de venta en la que interviniese una persona con discapacidad, el notario requería de una previa sentencia judicial de incapacitación, de un nombramiento de tutor o de patria potestad prorrogada, y de una autorización judicial expresa. Ahora podrá hacerse uso del elenco de las figuras de apoyo que establece el artículo 250 y siguientes del Código Civil, para ofrecer apoyos proporcionales, adoptados a las necesidades en cada caso precisas y con las salvaguardas necesarias.

La importancia de la Ley 8/2021 y su impacto en la protección de los derechos de las personas con discapacidad

La entrada en vigor de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en nuestro país en 2008 marcó un hito importante en la protección de los derechos de este colectivo. Sin embargo, era necesario realizar ajustes en nuestra legislación para adecuarla al modelo social de la discapacidad que esta convención establecía.

La Ley 8/2021, conocida como «Ley de Medidas Urgentes para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de la Inclusión Social», ha sido la respuesta a esta necesidad de homologación y adaptación. Eliminando las referencias a la incapacidad y estableciendo un sistema de apoyos que permite a las personas con discapacidad ejercer su capacidad jurídica en igualdad de condiciones.

Los cambios significativos introducidos por la Ley 8/2021

La Ley 8/2021 ha introducido cambios significativos en el ámbito de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Entre los aspectos más destacados se encuentran:

  1. Promoción de la accesibilidad y eliminación de barreras: La ley establece la obligación de garantizar la accesibilidad universal en todos los ámbitos de la vida, eliminando las barreras arquitectónicas, de comunicación y tecnológicas que dificultaban la plena participación de las personas con discapacidad.
  2. Sistema de apoyos personalizados: Se establece un sistema de apoyos que se adapta a las necesidades individuales de cada persona, brindando el soporte necesario para ejercer su capacidad jurídica. Estos apoyos pueden variar desde la provisión voluntaria realizada por la propia persona, hasta la figura de la curatela diseñada a medida.
  3. Reconocimiento legal de la guarda de hecho: La Ley 8/2021 otorga un reconocimiento explícito y claro a la figura de la guarda de hecho. Proporcionando seguridad jurídica a las situaciones en las que una persona con discapacidad es cuidada y protegida por otra sin necesidad de una intervención judicial previa.
  4. Defensor judicial: Se establece la figura del defensor judicial, que actúa en casos específicos para representar y proteger los intereses de las personas con discapacidad en situaciones que requieren una intervención legal particular.

Avances en la protección de los derechos de las personas con discapacidad

La reforma introducida por la Ley 8/2021 representa un avance significativo en la protección de los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país. Al eliminar el sistema de incapacitación y tutela, se reconoce y garantiza su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos.

Este cambio de paradigma busca promover la autonomía y la toma de decisiones de las personas con discapacidad, respetando sus derechos y necesidades individuales. Además, se fomenta la inclusión social y se establecen medidas concretas para eliminar las barreras que obstaculizan su plena participación en la sociedad.

Conclusión

La Ley 8/2021 representa un hito en la protección de los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país. A través de esta reforma ambiciosa, se ha logrado adecuar nuestra legislación al modelo social de la discapacidad establecido por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La eliminación de las referencias a la incapacidad y la implementación de un sistema de apoyos personalizados son aspectos clave de esta ley, ya que permiten que las personas con discapacidad ejerzan su capacidad jurídica en igualdad de condiciones. Además, se promueve la accesibilidad, se reconoce la guarda de hecho y se establece la figura del defensor judicial para garantizar una protección adecuada en situaciones específicas.

La Ley 8/2021 marca un importante paso hacia la construcción de una sociedad más inclusiva y accesible para todos. Es fundamental que todas las partes involucradas, desde el ámbito legal hasta la sociedad en general. Se comprometen a garantizar el pleno respeto y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.

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